ITE Sevilla

Urbanismo flexibiliza los plazos y la concesión de licencias a edificios sin ITE

domingo, 4 de diciembre de 2011 | Por UR Arquitectos

La nueva ordenanza, iniciada en al anterior mandato, facilita la prórroga en las inspecciones y que se puedan hacer obras sin tener los informes.

La modificación de la ordenanza para la Inspección Técnica de Edificios para flexibilizar los plazos y facilitar la ejecución de obras en los edificios que hayan rebasado los tiempos previstos en la normativa para presentar los informes entra en vigor finalmente hoy . A partir de esta semana, los inmuebles que no hayan pasado aún la revisión podrán pedir tanto licencias de obras menores como permisos para trabajos de demolición total y de rehabilitación integral -antes estaban supeditados al informe-. Además, se confirman los nuevos plazos diseñados ante los problemas de numerosas comunidades de vecinos para cumplir los criterios establecidos inicialmente por el Ayuntamiento: los inmuebles construidos entre 1930 y 1979 tienen como plazo máximo para presentar la revisión el próximo 6 de julio de 2012 -el plazo inicial expiró el pasado mes de julio-, mientras que aquellos construidos entre 1980 y 1994 tendrán de margen hasta el 6 de julio de 2014 -el mismo plazo inicialmente establecido-.

Esta prórroga se empezó a tramitar en marzo de 2011, debido a los problemas que tenían más de 100.000 propietarios de inmuebles de la ciudad para pasar la ITE, principalmente de barrios como Alcosa, Bellavista, San Pablo o Los Pajaritos. Ante esta situación se tramitó una modificación de la ordenanza, que entra en vigor ahora, y que recoge, además de los nuevos plazos, una flexibilización de las exigencias a los edificios.

Así, según explicó el Ayuntamiento, con esta reforma se modifica el concepto de edificación de forma que, con carácter excepcional, se pueda presentar un informe sólo para una parte de un edificio cuando "sea independiente del resto" de una comunidad. Además, se simplifica el plazo de renovación, de forma que en todos los casos pasan a ser diez años desde que se debió presentarse el informe. Además, el visado del Colegio de Arquitectos se convierte en voluntario -en lugar de obligatorio como hasta ahora- y se reajustan los modelos del informes de ITE para que se puedan cumplimentar a través de internet.

Todo esto, al margen de los nuevos plazos de las ITE y de mayor facilidad para que las comunidades que no hayan pasado la inspección puedan seguir realizando obras. Hasta ahora, sólo se podían pedir licencias de trabajos menores que no afectaran a la edificación si el edificio debía pasar la revisión y no lo había hecho. A partir de hoy, se autorizarán no sólo estos trabajos de emnor entidad, también las obras de demolición total o las de rehabilitación integral. Una vez pasada la ITE, la ordenanza recoge específicamente que no podrán solicitar licencias que no recojan todas las obras señaladas en el informe de la Inspección.

Fuente: El Correo

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