ITE Sevilla

Más de veinte mil viviendas antiguas deberán pasar la ´ITV´ antes del 2010

martes, 15 de marzo de 2005 | Por UR Arquitectos

Diario de Córdoba
Urbanismo verá hoy el texto de la norma, que aún debe ir a Pleno y recibir alegaciones Aparte de multas de 750 a 3.000 euros, no se darán ayudas ni licencias a los transgresores
15/03/2005 JUAN M. NIZA

El consejo de la Gerencia de Urbanismo tiene previsto estudiar hoy el texto definitivo de la Ordenanza de Control y Conservación de Obras y Construcciones, el texto que obligará a conservar y cuidar solares abandonados, mantener en condiciones las fachadas de todo edificio de la ciudad y, en su título III, crea la Inspección Técnica de Edificios (ITE), que cumple una función similar (valga la comparación) a la de la bien conocida ITV en el caso de los vehículos.

La normativa, aunque aún debe ir al Pleno, pasar un periodo de exposición pública y resolver las alegaciones (si las hay), obligará cuando entre en vigor a someter a los edificios (de todo tipo, incluidos los no destinados a viviendas y los oficiales de las administraciones) a una inspección de su estructura, elementos funcionales y redes de instalaciones. La primera ITV se pasará a los 20 años de construcción del edificio y, posteriormente, a los 35 y 50. Los edificios con más de medio siglo de antigüedad tendrán que pasar la ITE de diez en diez años.

AHORA, LOS MAS VIEJOS Sin embargo, la ordenanza fija una disposición transitoria en la que no cuentan estos plazos descritos y obliga, por ejemplo, a que los edificios con más de un siglo de antigüedad pasen la ITE antes de un año de la entrada en vigor de la normativa.

Suponiendo que la ordenanza entre en vigor el próximo verano, los edificios construidos entre 1905 y 1930 tendrán hasta junio del 2007 para pasar la ITV. Para los que tengan ya entre 75 y 50 años, el plazo para pasar la ITE será de 5 años, mientras que los que se construyeron entre 1955 y 1980 tendrán como tope para pasar la ITV 7 años. Por último, los construidos desde 1981 a 1995 constarán con diez años de plazo para pasar la ITV.

La ordenanza, como ya se ha dicho, no sólo afecta a edificios de viviendas. Sin embargo, hay que recordar que los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) --aunque están poco actualizados-- contemplan la existencia de 1.477 viviendas en edificios de la ciudad construidos antes de 1900, 1.991 viviendas en bloques anteriores a 1920 y 3.380 pisos en edificios anteriores a 1940. Cruzando estos datos, el número de viviendas en bloques construidos antes de 1960 (y por lo tanto, obligados a pasar la ITE entre el 2005 y el 2010) es de 22.552, casi la cuarta parte del parque de viviendas de la ciudad.

Y SI NO SE CUMPLE... Incumplir la ordenanza, como es lógico, tendrá consecuencias. El texto propuesto contempla multas de 750 euros para infracciones leves (por ejemplo, si no se ha hecho la ITE en el plazo fijado y se subsana al recibir el primer requerimiento de la Gerencia de Urbanismo), 1.500 euros para las infracciones graves (desoír reiteradamente los avisos de incumplimiento) y hasta 3.000 euros cuando se cometan infracciones graves en casos de edificios catalogados o protegidos (básicamente, tres centenares del Casco Histórico).

Además, los dueños de edificios que no pasen la ITE no tendrán derecho a solicitar ayudas para rehabilitación u otras subvenciones de este género, a menos que se destine a reparaciones para garantizar el buen estado de la construcción (eso sí, el Ayuntamiento deducirá de la ayuda la multa por pasar la inspección tarde). Por último, la Gerencia de Urbanismo no podrá conceder licencia de obras mayores a los edificios que no tengan en regla su ITE, a menos que se trate de obras de emergencia y regulen su situación.

La ordenanza, además, regula cuándo se puede declarar un edificio en ruina, utilizando conceptos como el de "ruina económica" para los casos en donde las obras de reparación de un edificio superen el 50% del valor de la construcción.

Fuente: Diario de Córdoba

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